Visados de las Autorizaciones de Transporte 2019
Aunque estas ya no se documentarán en tarjetas de transporte, la Administración pedirá la aprobación de los titulares para visarlas según el número final de su NIF
Desde la Dirección General de Transporte Terrestre se ha dispuesto, a través de una Resolución que se publicó en el BOE (Boletín Oficial del Estado) la segunda semana de diciembre, el nuevo calendario para llevar a cabo el visado de las autorizaciones de transporte y de actividades auxiliares complementarias del transporte.
Fin de las tarjetas de transporte.
En esta normativa se tiene en cuenta que las autorizaciones ya no se documentarán en tarjetas de transporte a partir de este recién estrenado mes de enero de 2019.
Los órganos competentes de cada comunidad autónoma se encargarán de visar, los años pares, las autorizaciones para la realización de transporte público de mercancías en vehículos de más de 3,5 toneladas de Masa Máxima Autorizada (MMA), para la realización de transporte público de mercancías exclusivamente en vehículos de más de 3,5 toneladas de MMA y para intermediar en la contratación de transportes públicos de mercancías.
Cuando se realizarán los visados
Será durante los ejercicios impares cuando serán visadas las autorizaciones para la realización de transporte público de viajeros en autobús, de transporte privado complementario de viajeros en autobús, de transporte público sanitarios de transporte privado complementario sanitario, de viajeros en la modalidad de arrendamiento de vehículos con conductor y transporte privado complementario de mercancías.
Cada cuatro años, a partir de 2021, será visadas las autorizaciones para llevar a cabo transporte público interurbano de viajeros en vehículos de turismo.
Según esta repartición, la Administración pedirá la conformidad de los titulares de las autorizaciones para llevar a cabo su visado en función del número en que finalice su NIF.
Todos aquellos que acaben en 1 se visarán en enero,los que acaben en 2, en febrero; si acaban en 3, en marzo; si lo hacen en 4, en abril; los que acaben en 5, en mayo; en 6, en junio; si acaban en 7, en julio; si lo hacen en 8, en septiembre; en octubre, los que finalicen en 9; y, en noviembre, los acabados en 0.
Fuente: Cadena de Suministro